viernes, 16 de junio de 2017

EXEMPLEADOS DEL CUERPO DE BOMBEROS DE GUERRA EXIGEN EL PAGO DE SUS PRESTACIONES

Aunque reconocen que quienes no han solicitado su pago como establece la ley 41-08, no tienen ese derecho, exigen al intendente saldar la deuda con más de diez bomberos despedidos en agosto de 2016


Julio César Castro Luna, al centro.





























Por José SANTANA G.

GUERRA, PROV. SANTO DOMINGO.- Un grupo de exempleados y exempleadas del Cuerpo de Bomberos del municipio de Guerra, se concentró esta mañana frente al Cuartel General de esa institución de socorro para exigir el pago de sus prestaciones laborales.

Julio César Castro Luna, quien laboró por 15 años en la institución y el cual desempeñó distintas posiciones desde su fundación, hablando en nombre de los más de 25 cancelados, dijo que reconoce las precariedades en las que el actual intendente Francisco Rojas, encontró la institución, sin embargo, afirma que a pesar de ello no tomaron en cuenta su labor, inclusive destaca que era merecedor de una pensión.
Ramón Eusebio

De su lado, Ramón Eusebio, jefe de operaciones del Cuerpo de Bomberos de Guerra, dijo que para ellos constituye una “problemática” esta situación, debido a que no cuentan con los fondos creados para esos fines, pero asegura que el intendente tiene la mayor intención de hacerle llegar sus prestaciones a cada uno de los cesados en sus funciones.

Adelantó que están a la espera de la aprobación de un préstamo por más de un millón de pesos, y dijo que el intendente se comprometió a recibir a los exempleados el próximo martes 20 de este mes para llegar a un acuerdo en torno al caso.

Se recuerda que estas personas en su mayoría fueron despedidas el 19 de agosto de 2016, o sea, a sólo cuatro días de haber tomado posesión esta intendencia, sin embargo, once meses después aún no han recibido sus prestaciones laborales, a pesar de que la ley 41-08 de Administración Pública establece en su Artículo 62 que “la administración pública tendrán un plazo de quince (15) días, contados a partir de que le sea comunicada la decisión que declare injustificado el despido, para tramitar el pago de las sumas a que se refiere el párrafo precedente”…

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